Auto Supremo AS/0174/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

El art


2) Acusa que en el Punto 3 del Auto de Vista impugnado, existe contradicción al razonar sobre los motivos de la duda razonable, por el hecho de considerar que la otra parte también acreditó la posesión, cuando el delito de despojo puede ser cometido de igual forma si uno de los co poseedores restringe al otro de la posesión de esos ambientes comunes o del ambiente exclusivo, así como es contradictorio afirmar que ambas partes acreditan la posesión primigenia sobre el inmueble, haciéndose más patente cuando se alude que ingresó al inmueble; fundamentación de la Sentencia que es insuficiente y contradictoria, basada en hechos inexistentes, no habiéndose el Auto de Vista pronunciado sobre estos aspectos, denegando justicia. Cita los Autos Supremos 286/2013, 314/2006, 777/2013 y 346/2013, transcribiendo parte de la doctrina legal aplicable, añadiendo que la contradicción con el Auto de Vista impugnado, está referido a que las conclusiones sobre la prueba son arbitrarias porque no se basan en datos objetivos.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)