Auto Supremo AS/0175/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia de 10 de abril de 2015 (fs. 1354 a 1367), el Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Constantino Cáceres Paxi, Carlos Nogales Balderrama, Orlando Terrazas Torres, José Isaí Calustro Flores, Paulino Calustro Siles, Wilfredo Almendras Montaño, Waldredo Argandoña Pantoja y Efraín García Claros, autores y culpables de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, tipificados y sancionados por los arts. 335 y 337 del CP, imponiendo por concurso real la pena de cinco años y seis meses de reclusión, y multa de trescientos días a razón de Bs. 20.- (veinte bolivianos) por día, mas costas daños y perjuicios a favor de las víctimas.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Carlos Nogales Balderrama, Wilfredo Almendras Montaño, Efraín García Claros, Orlando Terrazas Torres, Waldredo Argandoña Pantoja, Constantino Cáceres Paxi, por sí y en representación de Paulino Calustro Siles y José Isaí Calustro Flores (fs. 1758 a 1765 vta., 1776 a 1783 vta. y 1819 a 1831 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista de 30 de septiembre de 2016, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró procedentes los recursos planteados, disponiendo la nulidad de las Resoluciones que resuelven las excepciones de falta de acción y prescripción, así como la totalidad de la Sentencia apelada con el consecuente reenvío del juicio por otro Juez de Sentencia