El art
Denuncian la vulneración de los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación, porque solamente enuncia que el Juez de Sentencia incurre en el defecto de errónea aplicación del tipo penal de Despojo y se incurrieron en valoración defectuosa de la prueba testifical de inspección, reemplazando la fundamentación por una simple mención de los argumentos ponderados, sin expresar los motivos de hecho y derecho del porqué existe errónea aplicación del tipo de Despojo con relación a sus conductas y, por que se ha realizado una valoración defectuosa de la prueba testifical de inspección ocular, simplemente el Auto de Vista se basa en una mera relación de las pruebas, cuando el Juez de Sentencia, al declarar la absolución obró correctamente aplicando el principio de favorabilidad, presunción de inocencia, principio de la verdad material y de objetividad.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memoriales presentados el 18 de agosto y 20 de septiembre ambos de 2016, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Antonio Gunar Pareja Pareja, formuló recurso de
- c) Por diligencias de 11 de agosto y 14 de septiembre de 2016 (fs
- De la revisión de los memoriales de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El recurrente alega que llama la atención la forma de resolver del Auto de Vista
- Refieren que el Despojo se configura cuando se ingresa a un inmueble con violencia física
- II.2. Recurso de Casación de Armando Berno Tito y Gloria Berno Tito
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, los recursos fueron interpuestos dentro del plazo de los cinco
- En cuanto al recurso de casación de Herbert Berno Tito, acusa la forma de resolución
- Respecto del recurso de casación de Armando y Gloria de apellidos Berno Tito, que denuncian
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
