El recurrente alega que llama la atención la forma de resolver del Auto de Vista
El recurrente alega que llama la atención la forma de resolver del Auto de Vista impugnado en cuanto a la valoración defectuosa de la inspección ocular, que demostró que los imputados están en posesión de los terrenos no así el querellante, existiendo plena prueba de ello desde el inicio del juicio oral hasta su finalización, no habiendo probado la víctima, la violencia, amenazas o engaño que exige el delito de Despojo, ni ejercido su derecho propietario por muchos años
- Por memoriales presentados el 18 de agosto y 20 de septiembre ambos de 2016, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Antonio Gunar Pareja Pareja, formuló recurso de
- c) Por diligencias de 11 de agosto y 14 de septiembre de 2016 (fs
- De la revisión de los memoriales de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El recurrente alega que llama la atención la forma de resolver del Auto de Vista
- Refieren que el Despojo se configura cuando se ingresa a un inmueble con violencia física
- II.2. Recurso de Casación de Armando Berno Tito y Gloria Berno Tito
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, los recursos fueron interpuestos dentro del plazo de los cinco
- En cuanto al recurso de casación de Herbert Berno Tito, acusa la forma de resolución
- Respecto del recurso de casación de Armando y Gloria de apellidos Berno Tito, que denuncian
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
