Auto Supremo AS/0188/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

El recurrente, acusa al Tribunal de alzada de no haber realizado una valoración lógica y


El recurrente, acusa al Tribunal de alzada de no haber realizado una valoración lógica y consecuente de los hechos suscitados en el juicio, ni revisar el acta del juicio oral y pruebas introducidas, que en base a una apreciación subjetiva se menciona que la Sentencia no está fundamentada, cuando el Ministerio Público ni la acusación particular, aportaron prueba plena e irrefutable generando duda en el Tribunal de Sentencia; que en base al principio de presunción de inocencia, no se puede referir la existencia de verdad material, por la sola existencia de informe médico y psicológico, que debía ser corroborado con los hechos acaecidos en el juicio, no habiendo el Tribunal de alzada realizado una valoración objetiva de los hechos, cuando el Tribunal de Sentencia de manera coherente recogió los argumentos originados en el juicio, fundamentando y motivando una Resolución ecuánime, dando a cada elemento de prueba su valor correspondiente; al respecto, se advierte que el recurrente incumplió los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la obligación de citar precedente contradictorio y la explicación fundamentada de la situación de contradicción entre el precedente y la Resolución impugnada, carga procesal que le correspondía observar, sin que este Tribunal pueda soslayar dicha omisión menos suplirla de oficio, aspecto que impide ingresar a examinar el fondo del motivo