Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo:
Previa cita de los Autos Supremos 314 de 25 de agosto de 2006, 272 de 4 de mayo de 2009 y la Sentencia Constitucional 593/2004 de 22 de abril, el recurrente alega que el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación y motivación en vulneración del debido proceso, previsto por los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE), ha momento de resolver su alzada donde denunció: i) La inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; empero, el Tribunal de apelación se limitó a copiar su recurso de apelación y rechazó su análisis, señalando que su petición no tiene juridicidad ni sustento legal y porque no pueden revalorizar prueba; y, ii) Ante la denuncia de que no existe fundamentación en la Sentencia, es insuficiente o contradictoria, el Tribunal de alzada no dice cuáles son los fundamentos legales para su determinación, pese a que la doctrina determina que toda resolución debe tener orden, claridad, fortaleza y suficiencia argumentativa, coherencia lógica y diagramación; sin embargo, en la parte dispositiva de la Sentencia, a decir del recurrente, no se emitió pronunciamiento a la fundamentación de la pena incurriendo en un defecto de acuerdo al Auto Supremo 049/2014-RRC de 20 de febrero, además de inobservar los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP
- Por memorial presentado el 5 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 1 de diciembre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
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- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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- En cuanto al único motivo, por el cual el recurrente denuncia, que en el Auto
- No obstante lo señalado, en atención a la denuncia de falta de fundamentación, se debe
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- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
