Auto Supremo AS/0202/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

En cuanto al único motivo, por el cual el recurrente denuncia, que en el Auto


En cuanto al único motivo, por el cual el recurrente denuncia, que en el Auto de Vista impugnado no existe fundamentación y motivación en vulneración del debido proceso, sobre los dos puntos apelados referidos el primero a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, donde el Tribunal de alzada se limitó a copiar su apelación y rechazó su análisis; y el segundo sobre la falta de fundamentación en la Sentencia, que es insuficiente o contradictoria, extrañando los fundamentos legales del Tribunal de apelación, pese a que observó que en la parte dispositiva de la Sentencia no se fundamentó la pena ingresando en un defecto e inobservando los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP; se establece que el recurrente se limitó a la simple cita de los Autos Supremos 314 de 25 de agosto de 2006, 272 de 4 de mayo de 2009 y 049/2014-RRC de 20 de febrero, incumpliendo con la carga procesal de explicar cuál la posible contradicción existente con el Auto de Vista impugnado, sin que además la Sentencia Constitucional 593/2004 de 22 de abril, constituya precedente a los fines del presente recurso de casación; al no ser válido el acudir a jurisprudencia constitucional a objeto del cumplimiento de la cita de precedente y explicación de contradicción que exige la ley