No obstante lo señalado, en atención a la denuncia de falta de fundamentación, se debe
No obstante lo señalado, en atención a la denuncia de falta de fundamentación, se debe tener en cuenta que este Tribunal estableció los presupuestos de flexibilización para la admisión excepcional del recurso de casación; por lo que, considerando que el recurrente ha precisado en su impugnación qué aspecto o aspectos de su recurso de apelación, no mereció o merecieron debida fundamentación (inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva y la falta de fundamentación en la Sentencia, que es insuficiente o contradictoria); identificando punto por punto las deficiencias de la Resolución recurrida, al especificar que el Tribunal de alzada al primer punto apelado se limitó a copiar su apelación rechazando su análisis y al segundo no absolvió con fundamentos legales, pese a sus observaciones expuestas en su apelación; y, explicó la relevancia e incidencia de esa omisión para su correspondiente verificación, como es la vulneración al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación de las resoluciones; se concluye en la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, de modo que el presente recurso deviene en admisible
- Por memorial presentado el 5 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 1 de diciembre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- En cuanto al único motivo, por el cual el recurrente denuncia, que en el Auto
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- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
