En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta, que fue notificado el 1 de diciembre de 2016, con el Auto que desestimó la solicitud de aclaración al Auto de Vista impugnado, presentando su recurso de casación el 5 de enero de 2017; es decir, dentro del plazo de los cinco días que otorga la ley, teniendo en cuenta la vacación colectiva comprendida del 6 de diciembre de 2016 al 2 de enero de 2017; por lo que, se evidencia el cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 5 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 1 de diciembre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- En cuanto al único motivo, por el cual el recurrente denuncia, que en el Auto
- No obstante lo señalado, en atención a la denuncia de falta de fundamentación, se debe
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
