Por Sentencia 4/2016 de 1 de marzo, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
Por Sentencia 4/2016 de 1 de marzo, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró al imputado Walter Fernando Arce Sandoval, absuelto de pena y culpa de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en los arts. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley 1008; asimismo, al haberse acreditado durante el debate que la conducta del acusado se subsume a la previsión contenida en el art. 49 de la ley 1008, lo declaró culpable del delito de Consumo y Tenencia para Consumo, disponiéndose como medida de seguridad la rehabilitación ambulatoria, a partir de la ejecutoria de la sentencia por el tiempo necesario que considere el médico especialista, al haber arribado entre sus conclusiones que de acuerdo a la acusación fiscal el 1 de septiembre de 2011 a horas 13:30, en la calle Destacamento Nº 317 se detuvo a un vehículo automóvil de color blanco sospechoso, con placa de control 1658 CZI, que al identificarse los funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (FELCN), el conductor se puso muy nervioso, por lo que fue conducido a dependencias de la FELCN, donde en presencia del fiscal se realizó su requisa personal, encontrándose un llavero, que de la requisa al vehículo se encontró en el compartimiento de la puerta al lado izquierdo del conductor, dos envoltorios de papel periódico conteniendo una sustancia verduzca que sometida a la prueba de campo de narco test dio positivo para marihuana con un peso de 20 gramos; así también, se encontró un envoltorio pequeño de papel bond doblado tipo boticario con una sustancia blanquecina que dio positivo para cocaína el cual no arrojó peso
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 774/2016-RA de 10 de octubre,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se declare fundado el presente recurso de casación, se deje sin
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 774/2016-RA de 10 de octubre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 4/2016 de 1 de marzo, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- La tesis sostenida por el Ministerio Público respecto al hecho descrito, consiste en que de
- El A quo concluye de la valoración de la prueba y para efectuar la subsunción
- II.2.De la apelación restringida del Ministerio Público
- Moisés Palma Salazar, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, interpuso recurso de apelación restringida, señalando
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- En el caso presente, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, es erróneo
- Sobre la temática, el Auto Supremo 239/2012-RRC de 3 de octubre, estableció la siguiente doctrina
- Entonces, se deja asentado una vez más que, la facultad de modificar la calificación jurídica,
- III.2. La labor de subsunción penal y su control por el Tribunal de alzada
- Una vez desarrollada la audiencia en sus distintas fases, incluida la actividad probatoria de las
- Por tal razón, toda sentencia condenatoria se compone de dos operaciones, sin perjuicio de que
- En cuanto al control de la subsunción jurídica, corresponde precisar que la exteriorización del razonamiento
- Por otra parte, debe tenerse presente que en el juicio sobre la observancia de la
- Con base a lo expuesto, se establece que ante la formulación de recurso de apelación
- Con relación al planteamiento efectuado en casación referido a que el Auto de Vista impugnado,
- No obstante, de ello se debe tener presente que en el caso de autos, mediante
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
