Auto Supremo AS/0220/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

sentencia a la apelante (fs


II.3. Remitidos los antecedentes al Tribunal de alzada, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista 11/2016 de 24 de febrero (fs. 533 a 535 vta.), sin ingresar al fondo declaró inadmisible el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la sentencia apelada, bajo el fundamento de que: se desprende del formulario de notificación con la


sentencia a la apelante (fs. 496), la misma que por error atribuible al auxiliar II del Juzgado a quo, es notificada el 23 de junio de 2013; empero, es menester señalar que la notificación no pudo realizarse en el año que se indica en el formulario de notificación, máxime si la sentencia recurrida es de 29 de mayo de 2015, por lo que el año atribuido por la oficial de diligencias corresponde a una confusión; asimismo, cabe precisar que la suscrita apelación fue remitida el 10 de septiembre de 2015 tal cual se evidencia del sello de cargo de auxiliatura de Salas Penales (fs. 530 vta.), por lo que a criterio del presente Tribunal de alzada se debe determinar que si bien existe errónea transcripción en cuanto al año de notificación, no es menos cierto que durante el transcurso del tiempo entre la sentencia y la remisión a auxiliatura de Salas Penales la única fecha atribuible de notificación es la de 23 de junio de 2015, entonces siendo evidente que el año de notificación corresponde al 2015 y no al 2013 como se señala en el formulario de notificación, es menester dar concreta aplicación al principio de celeridad