Auto Supremo AS/0259/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Compartiendo el criterio expresado por el Tribunal de apelación, la citada literal, no resulta suficiente

Compartiendo el criterio expresado por el Tribunal de apelación, la citada literal, no resulta suficiente para determinar la renuncia o el reconocimiento de un derecho, en el entendido que la renuncia o el reconocimiento de un derecho debe ser personalísimo o través de un representante quien tenga poder suficiente y específico para realizar ese acto, aún se trate de una renuncia o reconocimiento tácito debe ser realizado de forma personalísima, y en el sub lite la citada documental no ha sido signada por el demandante, por lo que, no puede ser comprendido como una renuncia o un reconocimiento tácito de un derecho, como alega el recurrente