Invoca los Autos Supremos 0145/2013-RRC de 28 de mayo, 30 de 26 de enero de
Invoca los Autos Supremos 0145/2013-RRC de 28 de mayo, 30 de 26 de enero de 2007, 151 de 2 de febrero de 2007, 337/2010 de 1 de julio, 251/2012 de 12 de octubre, 116/2007 de 31 de enero, 412/2006 de 10 de octubre, 314/2006 de 25 de agosto, 30 de 26 de enero de 2007, 151 de 2 de febrero de 2007, 518 de 20 de septiembre de 2004, 88 de 18 de marzo de 2008, 320 de 14 de junio de 2003, 302 de 25 de agosto de 2006 y la Sentencia Constitucional 0960/2006-R de 2 de octubre; cuya doctrina legal estaría referida a la valoración probatoria; agregando finalmente que se está agraviando su situación y se le perjudica con una escueta Sentencia que no tiene fundamentación y que no hace una valoración de la pruebas, respetando los principios procesales y que por último, existen vicios de nulidad insubsanables
- Por memorial presentado el 17 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, las imputadas Elizabeth Carola Bermúdez de Aparicio y Paola Alejandra Aparicio
- c)Por diligencias de 10 y 11 de enero de 2017 (fs
- En el recurso de casación interpuesto, se alega que Elizabeth Carola Bermúdez de Aparicio fue
- Asimismo reclama que la prueba extraordinaria de cargo se judicializó mediante un CD, medio magnetofónico
- Finalmente señala que la eventual víctima indicó que se le ocasionó un gran perjuicio, ya
- Invoca los Autos Supremos 0145/2013-RRC de 28 de mayo, 30 de 26 de enero de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- En ese entendido, de la revisión de las denuncias contenidas en el recurso, se puede
- Por lo tanto, se advierte la falta de precisión de agravio alguno por parte de
- Al respecto, es menester señalar que la exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa
- Consiguientemente, por las razones expuestas precedentemente, esta Sala se encuentra impedida de abrir su competencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
