Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0257/2017-RRC
Fecha: 17-Abr-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 932/2016-RA de 24 de noviembre,
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El recurrente haciendo referencia del contenido de los arts
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita: “LA NULIDAD ABSOLUTA NO SUSCEPTIBLE DE CONVALIDACIÓN DEL AUTO DE VISTA DE
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 932/2016-RA de 24 de noviembre, de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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II.2.Apelación restringida y su Resolución
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El imputado formuló recurso de apelación restringida contra la Sentencia Condenatoria 06/2015 de 2 de
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2)La Sentencia habría cambiado de manera radical la determinación circunstanciada del hecho objeto del juicio,
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3)La Sentencia se basaría en medios de prueba que habrían sido incorporados de manera ilegal
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4)El fallo apelado se basaría en una fundamentación insuficiente, señalando que se cambió los hechos
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El recurrente denuncia vulneración de su derecho a la defensa, porque no se instaló la
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III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
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El art
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2.Análisis de caso concreto
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El recurrente alega vulneración de su derecho a la defensa, por no haberse instalado la
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El referido precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Violación
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Ahora bien, de la revisión detallada de la Resolución recurrida de casación, se evidencia que
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Por lo referido, se concluye que es evidente que el Tribunal de alzada actuó en
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus Presidentes, pongan en conocimiento
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Para efectos del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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