Auto Supremo AS/0291/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2017-RRC

Fecha: 18-Abr-2017

d)Por el principio de inmediación no se introduce las declaraciones testificales de la etapa investigativa,


c)En la Sentencia impugnada el Tribunal establece los motivos de hecho, determinando de manera clara cuales son los hechos probados y cuales no y en el acápite referido a los votos del Tribunal a cerca de los motivos de hecho y de derecho realiza la fundamentación debida compulsando los hechos con la prueba aportada en juicio; si bien la fundamentación no fue ampulosa, refiere que esto permite conocer las razones por las que el Tribunal determina un juicio de condena con relación al delito de Hurto, no siendo evidente el agravio denunciado.

d)Por el principio de inmediación no se introduce las declaraciones testificales de la etapa investigativa, en merito a que la valoración de un testigo en juicio oral, se basa en la apreciación no solo de lo dicho, sino del movimiento corporal gesticular y la emotividad que despliega el testigo, al atestar que permite que el Tribunal pueda valorar positiva o negativamente su testimonio en la compulsa de los hechos motivo de juicio y determinar en base a la valoración integral, si existen contradicciones de manera directa, en presencia de la las partes y bajo juramento de Ley, incluso bajo el apercibimiento de iniciarse proceso penal por el delito de falso testimonio