Auto Supremo AS/0291/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2017-RRC

Fecha: 18-Abr-2017

i)De los hechos probados en la Sentencia, se estableció que el imputado fue visto en


Por Sentencia 13/2011 de 16 de mayo, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Edgar Willy Ramos Catacora, absuelto de pena y culpa por el delito de Robo, previsto y sancionado por el art. 331 del CP; y, autor del delito de Hurto, tipificado por el art. 326 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión, con costas fijadas en la suma de Bs. 2.000 (Dos mil 00/100 bolivianos), más responsabilidad civil; por otro lado, tomando en cuenta el quantum de la pena y en aplicación del art. 368 del CPP, le concedió el Pendón Judicial, en base a los siguientes argumentos:

i)De los hechos probados en la Sentencia, se estableció que el imputado fue visto en una zona cercana a la comunidad de Taucoma, donde vieron una motocicleta pequeña de color rojo, que al cabo de una hora u hora y media dos personas se encontraban manejando cada uno de ellos a una motocicleta, de las cuales lograron identificar a una por el bramido (sonido) que dejaba la moto, de propiedad del profesor de la escuela de Taucoma