Auto Supremo AS/0301/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

En la audiencia de juicio oral, conforme se tiene del acta respectiva, el Ministerio Público,


En la audiencia de juicio oral, conforme se tiene del acta respectiva, el Ministerio Público, la denunciante y la Defensoría de la Niñez, se ratificaron en todo lo sostenido en la acusación fiscal, lo que significa que no se modificó nada del requerimiento acusatorio; sin embargo, el recurrente alegó que la Sentencia condenatoria, en la parte correspondiente a la adecuación del hecho al tipo penal, consigna: “en primer lugar, se debe hacer referencia a los hechos que se hubieron acreditado anteriormente, toda vez de que como se tiene establecido, la menor estuvo siendo sujeta de agresiones sexuales por la parte del causado desde el año 2011, fecha en que la menor tenía 13 años de edad, como ella lo manifestó en audiencia…” (sic), por lo que, extraña que se haya manifestado ese extremo cuando la víctima, la denunciante y el Ministerio Público señalaron que los hechos se hubiesen iniciado desde febrero de 2012; en consecuencia, se modificaron los hechos acusados, lo que no se sujeta a la facultad conocida como principio de iura novit curia, conforme se establece en el Auto Supremo 085/2013-RRC, lo que no puede ser susceptible de convalidación