Al respecto corresponde señalar que conforme se tiene desarrollado en el punto III
Al respecto corresponde señalar que conforme se tiene desarrollado en el punto III.1 de la doctrina aplicable, y los lineamientos establecidos en la CPE y la Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo régimen de nulidades procesales, con criterio más restringido para asumir una determinación anulatoria de obrados, con principios y disposiciones legales que marcan el límite de la actividad fiscalizadora de los Jueces, Vocales y Magistrados, por lo que actualmente no se pueden generar nulidades procesales por vicios no acusados oportunamente o que no generen indefensión; y en el caso de la falta de motivación y congruencia de las resoluciones de instancia se tiene que el Auto de Vista recurrido, en su único considerando, responde de manera puntual a los puntos apelados, señalando entre sus fundamentos que la parte apelante no ha producido medio probatorio alguno, que acredite que la compra efectuada a su hijo la habrían realizado de buena fe y que por el parentesco con este (padres e hijo) se presume que conocían de la deuda y que la Sentencia contendría la debida fundamentación y motivación; es decir expresan de manera precisa y concisa los fundamentos y motivos por los que no acogen cada reclamo de apelacion, razón por la que los de Alzada concluyen confirmado la Sentencia apelada
- Partes: Betty Sánchez Rivas. c/ Miguel Ángel Zubieta Villegas y otros
- Distrito: Cochabamba
- El Juez Noveno de Instrucción en Civil de la ciudad de Cochabamba, mediante Sentencia de
- Deducida la apelación por la parte demandada y remitida la misma ante la instancia competente,
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que la prescripción es una de las formas por la cual por el transcurso del
- Que se habría pasado por alto que: nunca se habría probado que sus personas actuaron
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
- Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
- III.2.- Del vínculo de parentesco en la Acción Pauliana
- …De lo desarrollado se evidencia que la recurrente, tal como lo señaló el Tribunal de
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto corresponde señalar que conforme se tiene desarrollado en el punto III
- En cuanto a que la prescripción es una de las formas por la cual por
- En cuanto a que se habría pasado por alto que: nunca se habría probado que
- Al respecto, corresponde señalar que conforme mencionan el recurrente en su recurso de casación, al
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
