Asegura que las pruebas y notas de conmiseración fueron fabricadas, que nunca se cumplió con
Asegura que las pruebas y notas de conmiseración fueron fabricadas, que nunca se cumplió con el art. 46 de la LGT, que ofreció testigos amañados para confundir a la justicia incurriéndose en indebida aplicación tanto en Sentencia como en el Auto de Vista, del art. 2 de la LGT por no existir relación obrero patronal
- Notificado legalmente con dicha Resolución la Parroquia Divino Maestro, interpuso Recurso de Casación motivo de
- La parte demandada en el Recurso de Casación de fs
- Asegura que las pruebas y notas de conmiseración fueron fabricadas, que nunca se cumplió con
- b.- Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley
- Denuncia que el A-quo y el Tribunal de Alzada dejaron de lado toda la prueba
- Que, los Principios de Proteccionismo e Inversión de la Prueba rigen en una relación laboral
- c
- Sostiene que la afirmación que consta en la demanda (fs
- Afirma que la vulneración de normas se dio cuando se fijó como fecha de retiro
- d.- Vulneración del D.S. 28699 de 1 de mayo de 2006 art. 9 parágrafo II
- Alude que el inc
- e.- Errores y mala aplicación del procedimiento
- Con ese epígrafe señala que el informe del Vicario General del Arzobispado sostiene que no
- Petitorio
- La actora Lourdes Cutipa Vda
- Por su importancia, dados los efectos que podría tener, comenzaremos por verificar la denuncia inserta
- Respecto del punto c) del Recurso de Casación, alega el recurrente Violación del art
- Lo mismo ocurre con los motivos insertos en los puntos d) sobre vulneración del D
- En consecuencia, solo en cuanto a la denuncia de falta de valoración de la
- Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que en cuanto a las normas procesales, por previsión del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
