Auto Supremo AS/0334/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

Denuncias concebidas por el ahora recurrente como lesivas del debido proceso, al habérsele impuesto una


Dicho ello, corresponde a continuación ingresar al análisis de lo demandado, lo que se circunscribe a la denuncia realizada por el recurrente Jhery Encinas Orellana, en sentido de que el Tribunal de alzada hubiera incurrido en inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, porque no hubiere tomado en cuenta la humanización del derecho penal, inaplicando “…la doctrina legal imperante en el país…” (sic), pudiendo en virtud a ello, haber modificado el quantum de la pena impuesta a su persona, pese a que se estableció presidio de quince años sin una debida fundamentación sobre las razones para haber agravado la pena mínima establecida para el tipo penal de Homicidio; omitiendo tomar en cuenta su edad, grado de instrucción, condiciones económica y social; y, que no cuenta con antecedentes penales; en función a lo cual, correspondía imponerle la pena mínima de cinco años de reclusión.

Denuncias concebidas por el ahora recurrente como lesivas del debido proceso, al habérsele impuesto una condena sin la debida fundamentación sobre las razones para la agravación de su presunta conducta en la determinación de la pena