Auto Supremo AS/0363/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2017-RA

Fecha: 22-May-2017

Con relación al tercer motivo, en el cual señala que no se ingresó al análisis


Con relación a estos dos motivos el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno, por lo que, menos realizó la labor de contraste en que hubiera incurrido el Auto de Vista al emitirse, siendo que en el contenido de este motivo solamente se hace referencia a defectos de la Sentencia; estos aspectos hacen ver el incumplimiento de los presupuestos establecidos por el art. 417 del CPP, aspecto que no puede ser suplido de oficio, por lo que, los referidos motivos resultan inadmisibles.

Con relación al tercer motivo, en el cual señala que no se ingresó al análisis de fondo respecto de la errónea aplicación de la Ley sustantiva (art. 298 del CP) pese a que se admitió su recurso, situación que vulneró el principio nullum crimen, nulla poena sine lege concordante con lo establecido por el art. 116.II de la CPE y el art. 4.I. del CP