Auto Supremo AS/0363/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2017-RA

Fecha: 22-May-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 35/2016 de 16 de junio (fs. 156 a 161 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Alfredo Llanos Martínez, Fanny Poope Subieta, Raysa Murillo Poope y Paola Murillo Poope, autores de la comisión del delito de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias en grado de Coautoría, previstos y sancionados por los arts. 298 con relación al 20 del CP, imponiendo la pena de un año y seis meses de reclusión, y multa de cuarenta días a razón de Bs. 1.- por día, más costas a favor del Estado y la víctima y la reparación del daño a favor de la víctima. Quedando en Statu quo el beneficio del Perdón Judicial previa presentación de requisitos, conforme al art. 367 del Código de Procedimiento Penal (CPP)