Auto Supremo AS/0370/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0370/2017-RA

Fecha: 22-May-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 03/2012 de 1 de marzo (fs. 312 a 321 vta.), el Tribunal de Sentencia de Puerto Suárez del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Narcizo Aquino Ortega, autor de la comisión de los delitos de Cohecho Pasivo Propio y Concusión, previstos y sancionados por los arts. 145 y 151 del CP, imponiendo la pena de cuatro años de presidio, más el pago de mil días multa a razón de Bs. 2.- por día, más el pago de costas al Estado a calificarse en ejecución de sentencia.

b)Contra la referida Sentencia, el imputado Narcizo Aquino Ortega formuló recurso de apelación restringida (fs. 339 a 347 vta. y 364 a 372 vta.), resuelto por Auto de Vista 69 de 24 de junio de 2014 (fs. 389 a 393), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 209/2015-RRC de 27 de marzo (fs. 446 a 450 vta.); en cuyo mérito, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 107 de 10 de junio de 2015, que declaró admisibles e improcedentes los recursos de apelación restringida e incidental, confirmando la sentencia apelada; y, el Auto Interlocutorio que rechazó el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso