Auto Supremo AS/0376/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0376/2017-RA

Fecha: 29-May-2017

El recurrente como primer motivo, denuncia haberse otorgado un valor sesgado a la prueba D-14,


El recurrente como primer motivo, denuncia haberse otorgado un valor sesgado a la prueba D-14, resultante del proceso ordinario de rectificación de fecha de nacimiento, que determinó el nacimiento del recurrente de 1948 a 1938, en cuya tramitación habiendo sido notificados el SENASIR y la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, no se opusieron a la demanda, constituyendo una verdad inmutable; sin embargo, el Tribunal de apelación afirmó que la Sentencia fue fundamentada y debidamente motivada y, realizado una valoración probatoria apegada a las reglas de la sana crítica, incluida la prueba reclamada. Al respecto, si bien se ha citado precedentes contradictorios, no se advierte haberse realizado la explicación de la posible situación de contradicción que pudiere existir entre la resolución recurrida de casación y los precedentes invocados, habiéndose omitido una obligación inexcusable que no puede ser suplida de oficio por este Tribunal; asimismo, los precedentes mencionados, no se encuentran invocados en el recurso de apelación restringida, aspectos que implican el incumplimiento de las exigencias establecidas en los arts. 416 y 417 del CPP, imposibilitando la labor de contraste encomendada a este Tribunal