Finalmente, transcribe parcialmente un párrafo correspondiente a doctrina legal aplicable, sin identificar el Auto Supremo
Señala que deberá tenerse presente: a) que la Sentencia carece de fundamentación con relación a los motivos que dieron lugar a una condena por el delito de Lesiones Graves y Leves previsto y sancionado por el art. 271-II del CP, sin aclarar si su participación fue en calidad de autora o instigadora; b) omite la valoración integral de las pruebas documentales, periciales y testificales incorporadas tanto por el Ministerio Público, como por la parte acusada, vulnerando el principio de legalidad; c) no existe congruencia en relación de lo manifestado en la acusación del Ministerio Público, en cuanto a la Sentencia, y los datos afirmados en la acusación. Transcribe también todos los agravios denunciados en apelación restringida y concluye reiterando la denuncia de vulneración de la garantía del debido proceso por falta de fundamentación de la sentencia, como defecto absoluto, por cuanto, resulta importante establecer que los elementos de convicción deben ser valorados integral y objetivamente por el Tribunal de juicio para establecer si permiten sostener la existencia del hecho punible y vinculan al imputado como autor, cómplice o instigador de ese hecho, aspecto que no se dio en el presente caso. Reclama que en la Sentencia impugnada no se tomaron en cuenta los argumentos de la fundamentación inicial y conclusiva de su defensa, y que se asumió una valoración parcial, conveniente únicamente para la víctima de la prueba testifical, pericial y documental que derivó en una sentencia condenatoria.
Finalmente, transcribe parcialmente un párrafo correspondiente a doctrina legal aplicable, sin identificar el Auto Supremo y/o Auto de Vista al que pertenece
- Por memorial presentado el 16 de febrero del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Finalmente, transcribe parcialmente un párrafo correspondiente a doctrina legal aplicable, sin identificar el Auto Supremo
- determinan los arts
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En ese entendido, en cuanto a los agravios denunciados por la recurrente se limita de
- Finalmente las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
