Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art. 417 del CPP, establece que deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse presente las disposiciones contenidas en el art. 130 con relación al art. 124 de la LOJ, en sentido de que este plazo es perentorio e improrrogable y comienza a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación con la resolución recurrida, debiendo al efecto computarse los días hábiles, transcurriendo ininterrumpidamente hasta su vencimiento a las veinticuatro horas del último día hábil señalado y sólo se suspende durante la vacación judicial, debiendo para el cómputo considerarse la disposición contenida en el art. 123.I de la LOJ que señala: “Son días hábiles de la semana para las labores judiciales, de lunes a viernes”
- Por memoriales presentados el 15 y 16 de febrero de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ruffo Mochairo Iriarte (fs
- c) Por diligencia de 3 de febrero de 2017 (fs
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- la Sentencia es insuficiente y contradictoria, además que no se realizó una correcta valoración, habiéndose
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV.1. De los recursos de casación de Hugo Duran Salvatierra y Ruffo Mochairo Iriarte
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión de los presentes
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- De lo expuesto precedentemente, se establece que los recursos de casación deducidos, no cumplen con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
