Auto Supremo AS/0501/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2017

Fecha: 15-May-2017

Señala que la Sentencia ni el Auto de Vista habrían realizado un análisis de los

Del análisis de su reclamo se advierte que este observa el aspecto procedimental en la producción de la pericia, de lo que se denota que su intencionalidad es la nulidad procesal y conforme se expuso en la doctrina aplicable III.3, esta es una medida de ultima ratio aplicable ante evidente vulneración del debido proceso con incidencia al derecho a la defensa, extremo que no acontece en el caso de autos, ya que, si el recurrente no estaba de acuerdo con la producción de ese medio probatorio debía impugnar el mismo a través del mecanismo de impugnación reconocido en el art. 25 y siguientes de la LAPCAF, al no haberlo hecho ha dejado precluir su derecho, no pudiendo acusar nulidad en esta etapa casacional cuando no se hizo uso oportuno de los medios de impugnación ante las instancias correspondientes.
Señala que la Sentencia ni el Auto de Vista habrían realizado un análisis de los medios probatorios testificales, sobre el particular corresponde de inicio expresar que la valoración de la prueba supone, una actividad intelectiva realizada por los juzgadores, donde apreciaran todo el universo probatorio, determinando cuales son los medios relevantes para el tipo de proceso, conforme se delineo en el punto III.2, y en el sub lite los de grado han apreciado los elementos probatorios esenciales para cada caso en cuestión, no resultando suficientes las pruebas testificales como para enervar la conclusión arribada por los de instancia