Auto Supremo AS/0531/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2017

Fecha: 17-May-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación de fs. 343 a 349 vta., interpuesto por Carlos Erquicia Orellana contra el Auto de Vista Resolución Nº 237/2015 de 14 de agosto de 2015, cursante de fs. 252 a 253 vta., de obrados, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de Mejor Derecho Propietario, Reivindicación y pago de Daños y Perjuicios, seguido por Guido German Oporto Carrasco contra Carlos Erquicia Orellana; el Auto de concesión a fs. 351 vta., la Admisión de fs. 356 y vta., los antecedentes del proceso, y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de El Alto –La Paz, dictó Sentencia Resolución Nº 85/2014 en fecha 12 de septiembre de 2014, cursante de fs. 226 a 229 vta., declarando PROBADA la demanda de reivindicación interpuesta por Guido German Oporto Carrasco, respecto del inmueble ubicado en la Urbanización “El Porvenir” signado con el Nº 10, manzano 504 con una superficie de 330 m2., de la ciudad de El Alto, registrado en Derechos Reales bajo la matricula Nº 2.01.4.01.0003959, debiendo en consecuencia el demandado Carlos Erquicia Orellana restituir el inmueble referido a su propietario dentro del plazo improrrogable de 30 días de ejecutoriado el presente fallo e IMPROBADAS las demandas de mejor derecho y pago de daños y perjuicios, quedando salvados los derechos del demandado con referencia a las obligaciones que tiene pendiente con él el demandante