La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista Nº 88/2016, de 10 de junio, de fs. 325 a 330, confirmando totalmente la Sentencia de primera instancia, sin costas, al ser aplicable al caso de autos el art. 39 de la Ley 1178
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- Continua, “También se incurrió en error de hecho al valorarse la prueba ya mencionada y
- Finalmente solicita se case parcialmente la resolución de segunda instancia y resolviendo en el fondo
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- II.1 Fundamentos jurídicos
- Los jueces de grado, al valorar la prueba, pueden incurrir en dos tipos de errores,
- En materia laboral la valoración de la prueba es una facultad privativa de los Jueces
- Compulsando estos argumentos con la Sentencia, cursante de fs
- Respecto a una presunta errónea interpretación y aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
