Auto Supremo AS/0160/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2017

Fecha: 14-Jun-2017

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Por todos estos argumentos y fundamento se acredita que el Tribunal de Alzada a momento de emitir su decisión, cumplió con el principio de congruencia, respecto al Recurso De Apelación interpuesto por la parte ahora recurrente, en consecuencia no incurrió en ninguno de los agravios acusados en el Recurso De Casación.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera, en ejercicio de la atribución prevista en el arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el Recurso De Casación, cursante de fs. 332 a 334 interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, mediante su representante, contra el Auto de Vista Nº 88/2016, de 10 de junio de fs. 325 a 330, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, sin costas y costos al recurrente.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.