Auto Supremo AS/0219/2017-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0219/2017-I

Fecha: 06-Jun-2017

Refiere que la multa del 30% solo corresponde cuando el trabajador ha sido despedido de

Refiere que la multa del 30% solo corresponde cuando el trabajador ha sido despedido de forma intempestiva, sin embargo “su autoridad señala que la demandante presentó su renuncia al cargo” (sic). Culmina transcribiendo disposiciones legales, entre ellas, de forma inextensa, las funciones y atribuciones de la Gerencia General de COSSMIL y el marco legal de su funcionamiento como Institución Pública Descentralizada y sostiene que, en esa razón, el actor no tenía ninguna relación de dependencia laboral definitiva con esa institución