Con relación al único motivo alegado la parte recurrente, en una primera parte es posible
Con relación al único motivo alegado la parte recurrente, en una primera parte es posible identificar que los recurrentes cuestionan que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación y motivación, como elemento del principio-derecho-garantía del debido proceso, en razón a que en relación al primer motivo de apelación restringida en el que denunciaron que el Tribunal de Sentencia emitió Auto de apertura de juicio sobre la base de la acusación fiscal que, de forma errada asumió los delitos acusados como consumados no obstante que en base a los mismos hechos, en su calidad de víctimas, señalaron que los delitos acusados se habrían producido en grado de tentativa y que en base a dicha modalidad el Tribunal de Sentencia debía haber impuesto la sanción penal correspondiente, respecto a lo cual dicho Tribunal superior acudió a argumentos que no constituían parte del motivo de apelación o a argumentos retóricos, por lo que no resolvieron el agravio en cuestión, debido a que no se puso en duda la “participación”, como refiere el Tribunal de apelación sino que se cuestionó que no se haya tomado en cuenta la acusación particular en Sentencia sobre la comisión de los delitos en grado de tentativa, debiendo dicho Tribunal señalar los fundamentos jurídicos en los cuales asumió su determinación y en todo caso, realizar una interpretación de la norma invocada de vulnerada, art. 341.II del CPP, por lo que aduce que se contradijo el precedente contradictorio del Auto Supremo 261/2014-RRC de 24 de junio, del que además de haber efectuado una amplia descripción de su contenido, sostiene que el mismo no fue observado por cuanto el Auto de Vista recurrido no resolvió el motivo de apelación al haber emitido criterios retóricos no relacionados al mismo, explicación que resulta suficiente a efectos de analizar el fondo de esta parte del recurso de casación, correspondiendo declarar su admisibilidad
- Por memorial presentado el 7 de marzo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, interpusieron recursos de apelación restringida y memoriales de subsanación, el Ministerio
- c)Por diligencia de 24 de febrero de 2017 (fs
- La parte recurrente, previa cita del precedente contenido en el Auto Supremo 261/2014-RRC de 24
- Igualmente sostiene que el Tribunal de apelación recurre al argumento meramente retórico al señalar que
- Asimismo, en el Auto de Vista recurrido, en relación a todos los motivos de apelación
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la parte recurrente fue notificada con el
- Con relación al único motivo alegado la parte recurrente, en una primera parte es posible
- En una segunda parte, los recurrentes sostienen que en el Auto de Vista recurrido, con
- Por último, se aclara que de acuerdo a los alcances establecidos en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
