Auto Supremo AS/0470/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2017-RA

Fecha: 27-Jun-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 07/2013 de 26 de febrero (fs. 249 a 262 vta.), el Juez Octavo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Mary Luz Chávez de Caldera, autora y culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, con costas regulables en ejecución de sentencia, disponiendo la suspensión condicional de la pena, previa aplicación de lo establecido por el art. 336 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y la reclamación de daños y perjuicios