Finalmente, resulta necesario aclarar a la parte recurrente que la reiteración de los argumentos empleados
Finalmente, resulta necesario aclarar a la parte recurrente que la reiteración de los argumentos empleados en su memorial de apelación restringida, a tiempo de plantear el recurso de casación, no implica la admisión del mismo, pues resulta necesario realizar la invocación de los precedentes contradictorios a tiempo de plantear el recurso de alzada, empero, en casación, los mismos deben establecer con precisión el hecho similar comprobado, tanto en el Auto de Vista impugnado como en el precedente, además, se debe discernir puntualmente el sentido jurídico contradictorio; estos dos requisitos son imprescindibles, por tanto, su falta y/u omisión, implica la inadmisibilidad del recurso. En consecuencia, no se puede pretender que esta instancia admita como válidos, de manera automática, los Autos Supremos citados en la apelación restringida, sin que los mismos hubieran sido contrastados expresamente con los argumentos del Auto de Vista recurrido en el propio recurso de casación
- Por memorial presentado el 7 de abril de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- cumplimiento del requisito temporal exigido por el art
- En el único motivo denunciado, alega el recurrente que el Tribunal de alzada omitió dar
- Con relación a lo denunciado en alzada, añade el recurrente que el Tribunal de alzada
- Para fines pedagógicos, conviene analizar los motivos denunciados y circunscritos a dos incisos en la
- En tal sentido, en el inciso a) del motivo analizado del presente recurso de casación,
- expresamente el motivo, por cuanto, el impugnante tampoco se refiere a su doctrina legal y
- De otro lado, es posible advertir que en el presente motivo, el recurrente también denunció
- Finalmente, resulta necesario aclarar a la parte recurrente que la reiteración de los argumentos empleados
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
