Auto Supremo AS/0577/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2017-RI

Fecha: 06-Jun-2017

De la revisión de obrados, se tiene que en el sub lite, la resolución que


IV. Corresponde analizar la Resolución recurrida si resulta ser una que admita recurso de casación.-

De la revisión de obrados, se tiene que en el sub lite, la resolución que da origen al presente recurso de casación es una dictada en un proceso extraordinario, proceso que por su naturaleza tiene sus propias normas de tramitación, que lo diferencia del proceso de conocimiento ordinario, y en forma a lo anotado en la doctrina aplicable III.1, III.2, III.3 y III.4, el presente recurso de casación resulta inviable al tratarse la resolución que da origen al presente recurso, una que confirma la Sentencia de primera instancia sobre desalojo de vivienda, y conforme a las reglas del art. 392.III del Código Procesal Civil con relación a la disposición contenida en el art. 372.II del mismo cuerpo legal, desglosado en el punto III.3, no puede ser impugnado con recurso de casación