Del Código Procesal Civil y su vigencia
Del Código Procesal Civil y su vigencia:
Atañe considerar que, el nuevo Código Procesal Civil en vigencia a partir del 6 de febrero de 2016, dentro de las Disposiciones específicamente en la Disposición Transitoria Sexta. Establece sobre los (PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACION) y señala lo siguiente: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará los dispuesto en el presente Código”
- Partes: Disvania Flores Camacho. c/ Roberto Bustamante Rondal
- Proceso: Sobre Desalojo de vivienda
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Primera instancia que no habrían sido valoradas por el Tribunal de alzada con transgresión de
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- En base a esos argumentos solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo o,
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En principio corresponde señalar que la Ley tiene un carácter temporal, debido a que en
- Ahora si bien la misma en doctrina resulta aplicable, empero, su aplicabilidad no es de
- Sobre el primer punto en lo que concierne en analizar desde el enfoque constitucional, debido
- Ahora en cuanto al segundo, es decir analizar si la norma de cual se pretende
- Y por último, la Ley derogatoria en ciertos casos es la que establece expresamente
- III.2.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el Principio de Impugnación
- Sobre el tema el art
- Resultando únicamente ambiguo en su literalidad el primer caso, correspondiendo en consecuencia su interpretación por
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- Valga aclarar que lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el
- III.3.- De la ley como límite al derecho de impugnación
- Asimismo, el proceso de desalojo en régimen de libre contratación conforme a lo previsto
- Del Código Procesal Civil y su vigencia
- De la revisión de obrados, se tiene que en el sub lite, la resolución que
- En ese entendido, el Tribunal de apelación debió considerar la aplicación contenida en la Disposición
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
