Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
Así también alega que no se halla debidamente fundamentada la Resolución y que con la misma se le sancionaría privándole del recurso de casación, ya que no se puede privar de acceder a la revisión de un fallo, ya que no se ejecuta la fundamentación de su recurso de casación por temas atenientes al divorcio y/o proceso extraordinario aperturado por la contraparte; sino que se ejecuta la interposición del recurso de casación, ante la ilegal determinación que tuvo el Tribunal de apelación en el Auto de Vista impugnado, cual determino en su parte fundamental que se revoca el fallo de primer grado en forma parcial, con el fin de que, en basamento al documento privado presentado por la parte adversa a momento de interponer el recurso de apelación, se apertura termino probatorio en instancia primigenia, con el objeto de establecer la existencia de bienes gananciales.
Alega también que el proceso se hubiera modulado y mutado gracias a la actividad oficiosa de parte del Tribunal de Alzada de un proceso extraordinario prima facie a uno de la modalidad ordinaria.
Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
Alega también que el proceso se hubiera modulado y mutado gracias a la actividad oficiosa de parte del Tribunal de Alzada de un proceso extraordinario prima facie a uno de la modalidad ordinaria.
Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
- Partes: Oscar Ovidio Muriel Zambrana c/ Vocales de la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del
- Expediente: CH-47-17-Com
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
- En fecha 30 de mayo de 2017 el demandado interpone recurso de casación ante el
- Manifiesta que el fallo extra petita emitido por los Vocales que no debían pronunciarse acerca
- Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En observancia del principio enunciado y ante el vacío de la normativa corresponde de manera
- Dentro de ese contexto, la competencia del Tribunal que conoce la compulsa, ha de circunscribirse
- III
- Sobre el tema el art
- A los efectos de una argumentación jurídica clara, previamente es menester referir que la Ley
- III.3.- De los casos de divorcio, desvinculación conyugal
- a)El régimen de asistencia familiar y disposiciones conexas del presente Código”
- De la cita legal se advierte con total claridad que desde su publicación se encontraba
- Asimismo, corresponde referir que si la Sentencia resuelve el fondo de la cuestión litigada y
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo que, conforme a lo expuesto en el punto III
- En principio con carácter previo es necesario tomar en cuenta que la presente causa, es
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
