Señala la entidad recurrente que el demandante no reclamó el bono frontera antes que transcurra
Señala la entidad recurrente que el demandante no reclamó el bono frontera antes que transcurra dos años, por tanto, el mismo está prescrito conforme al art. 1510 - 2) del Código Civil
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- Alude la SCP N° 281/2013-L de 3 de mayo y asegura que, en la misma,
- Petitorio
- La demandante, tal cual se evidencia del informe de fs
- Por lo expuesto, toda vez que el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese comuníquese y cúmplase
- Firmado
