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    Auto Supremo AS/0166/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0166/2017

    Fecha: 05-Jul-2017

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    • Demandante : Sociedad
    • Que, es deber de los operadores de justicia garantizar que la tramitación de procesos
    • La resolución de esta última agotará el procedimiento administrativo, quedando expedita la vía jurisdiccional contenciosa
    • De lo expuesto, se tiene que la competencia para el conocimiento de los procesos Contencioso
    • Por otro lado, debe considerarse que se encuentra vigente la Ley N° 620 (Ley Transitoria
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y cúmplase
    • Firmado

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