Auto Supremo AS/0513/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

Por otro lado, como se ha establecido tantas veces las Sentencias Constitucionales, carecen de entidad


El recurrente acusa que el Tribunal de alzada, a tiempo de confirmar la Sentencia apelada, omitió pronunciamiento en relación a las costas que igualmente fueron negadas en solicitud de complementación y enmienda sin fundamentación alguna y sin observar los arts. 264 y 265 del CPP, que establecen dicha carga para el perdidoso, privando de esta forma a la parte acusada absuelta, de contar con costas procesales del recurso de apelación restringida, en vulneración de lo establecido por el Auto Supremo “271/2014-RRC de 17 de octubre de 2013” (sic), que desarrolló criterios relativos a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, resultando en criterio del recurrente que el Tribunal de alzada, pese incluso a agotarse el mecanismo de la complementación enmienda, no motivó ni fundamentó el por qué se le privó a la parte absuelta de contar con costas procesales en apelación, por lo que establecida la probable contradicción resulta viable el análisis de fondo del recurso, siendo menester precisar que el precedente corresponde a la gestión 2013



Por otro lado, como se ha establecido tantas veces las Sentencias Constitucionales, carecen de entidad para ser considerados como precedentes contradictorios de acuerdo a lo prescrito por el art. 416 del CPP, siendo que únicamente tienen esta calidad las resoluciones que emergen de los Tribunales Departamentales y Tribunal Supremo de Justicia, en sus Salas Penales