1)El recurrente haciendo remembranza del motivo de apelación restringida fundado en la errónea aplicación de
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De los memoriales de los recursos de casación se extraen los siguientes motivos:
II.1. Del recurso de casación de Ruddy Álvaro Villegas Ocaña.
1)El recurrente haciendo remembranza del motivo de apelación restringida fundado en la errónea aplicación de la norma sustantiva, porque se lo había condenado por el delito de Homicidio tipificado por el art. 251 del CP, aplicando el art. 14 de la referida norma sustantiva, porque existiría dolo eventual; sin embargo, el Tribunal de mérito en el “numeral VII) 3”, había establecido que no se determinó que el acusado tuviera rencillas, resentimiento u odio con el occiso, tampoco se había probado a decir del recurrente la posible representación del resultado de la muerte, al respecto refiere que en apelación restringida invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329/2006 de 29 de agosto y 417/03 de 19 de agosto del 2003, los cuales transcribe parcialmente, para señalar que el Auto de Vista impugnado es contradictorio con la doctrina legal señalada por los precedentes invocados, pues sin identificar la existencia de dolo en el accionar del acusado habría ratificado la Sentencia, sin considerar que no existió voluntad de alcanzar el resultado, sino imprudencia, asimismo transcribe parcialmente el Auto Supremo 431/2006 de 11 de octubre, para señalar que la ilegal Sentencia y el incongruente Auto de Vista, no establecieron de manera clara la existencia de dolo en el accionar antijurídico del acusado, aplicando erróneamente el art. 14 del CP
- Por memoriales presentados el 21 de febrero, 16 de marzo y 11 de abril del
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencias de 15 de febrero, 9 de marzo y 4 de abril del 2017
- 1)El recurrente haciendo remembranza del motivo de apelación restringida fundado en la errónea aplicación de
- responsables de portar el arma con el cuidado al que estaba obligado; el cual invoca
- II
- 1)Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista carece de fundamentación y transcribiendo parcialmente las
- 2)Alegan que el Tribunal de apelación habría señalado que no advierte mala aplicación de la
- 3)Haciendo referencia a lo que entiende por principio de congruencia y la SC
- 4)Haciendo referencia a los argumentos de su recurso de apelación restringida a tiempo de denunciar
- 5)Señala que los “Magistrados de los tribunales de justicia” (sic), tienen la función de juzgar
- II.3. Del recurso de casación del Ministerio Público
- La parte recurrente haciendo referencia al hecho sometido a juicio, alega que al haberse probado
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- y el precedente invocado; es decir, este requisito constituye una carga procesal para el recurrente
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el primer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no
- IV.2. Del recurso de casación Wildo Marcelo Delgado Fernández y Cynthia de los Ríos Rissiotti
- En el primer motivo de casación, los recurrentes alegan que el Auto de Vista impugnado,
- En el segundo motivo de casación, los recurrentes denuncian que el Tribunal de apelación no
- Se establece que los Autos Supremos 501/06 de 13 de noviembre del 2006, 398/06 de
- En el tercer motivo de casación, los recurrentes se limitaron a expresar lo que entienden
- En el cuarto motivo de apelación, los recurrentes se limitaron a referir que el motivo
- En el quinto motivo de casación, refiere que al Tener los “Magistrados de los tribunales
- IV.3. Del recurso de casación del Ministerio Público
- La parte recurrente alega que tanto el Tribunal de Sentencia y el de apelación, no
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
