Auto Supremo AS/0526/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

En el tercer motivo de casación, los recurrentes se limitaron a expresar lo que entienden


En el tercer motivo de casación, los recurrentes se limitaron a expresar lo que entienden por el principio de congruencia y transcribir parcialmente los Autos Supremos 178/2012 de 16 de julio y 417 de 19 de agosto del 2003, sin precisar cuál es la supuesta contradicción entre estos precedentes y la resolución impugnada, y como en los anteriores motivos, invocan como precedentes las Sentencias Constitucionales 0593/2012 de 20 de julio y 1860/2014 de 25 de septiembre, las cuales no tienen la calidad de precedentes por lo que este Tribunal no puede ejercer su función unificadora de jurisprudencia sobre las mismas; por lo que la parte recurrente no cumplió con proveer los requisitos de admisibilidad previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, por otro lado si bien hace referencia al principio de congruencia, se limitaron a expresar su entendimiento sobre el mismo; empero, no acusaron como vulnerado el mismo, tampoco proveyeron los antecedentes generadores de la posible vulneración y menos explicaron en que consiste la misma, a fin de posibilitar una admisión excepcional por cumplimiento de requisitos de flexibilización, deviniendo en inadmisible el motivo analizado