Auto Supremo AS/0536/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0536/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

Regístrese, hágase saber y devuélvase

Conforme se precisó en el acápite III inc. i) de la presente Resolución, el plazo para interponer el recurso de casación es de cinco días, plazo que conforme dispone el art. 130 del CPP, empieza a correr a partir del día siguiente de practicada la notificación y se computa sólo los días hábiles; en autos, conforme se advierte de la diligencia de fs. 195; el recurrente, fue notificado con el Auto de Vista de 4 de abril de 2017, el 5 del mismo mes y año a horas 10:30, diligencia única al imputado con el Auto de Vista referido que cursa en el expediente, en la que existe la constancia de entrega de una copia de la referida resolución de forma personal; actuado que además no es observado y/o cuestionamiento de nulidad alguna; por otro lado, consta en el cargo a fs. 235 que presentó su recurso de casación el 17 de abril de 2017 a horas 18:14; es decir, al séptimo día hábil de su


notificación; lo que efectivamente demuestra que se encuentra fuera del plazo de los cinco días hábiles que establece el art. 417 del CPP, aun considerando que el 14 del referido mes fue feriado por viernes santo; en consecuencia, habiéndose presentado el recurso de casación fuera del plazo de Ley, el mismo deviene en inadmisible, en previsión del precitado precepto procesal. Ante la inobservancia del primer requisito de admisión del recurso, es innecesario ingresar al análisis de los demás requisitos de admisibilidad.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Abel Negrete Gustañer, de fs. 235 a 240 vta.

Regístrese, hágase saber y devuélvase