Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0721/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0721/2017

    Fecha: 10-Jul-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Cochabamba
    • El Juez de Partido Quinto en lo Civil y Comercial del Departamento de Cochabamba, dicta
    • 2
    • 3
    • Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por Cirila Alcoba Fernández, recurso que
    • Resolución contra la cual, Cirila Alcoba Fernández interpuso recurso de casación de fs
    • II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Asimismo refiere que en el presente caso el Auto de Vista recurrido, se limita a
    • Por otro lado expresa que el compromiso de venta de lote de terreno tiene una
    • También señala que otro de los puntos de su recurso de apelación conforme el art
    • Señala que la recurrente trata de ignorar el contrato base de ejecución, dispuesto en Sentencia,
    • Con respecto al avance en metro cuadrado que supuestamente existiese en demasía el terreno comprometió
    • Expresa incumplimiento del art
    • III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • Del lineamiento Jurisprudencial extractado se puede establecer que este Tribunal bajo un criterio de logicidad
    • Es por dicho motivo que al momento de analizarse una nulidad por incongruencia, se deberá
    • III.2.- De la nulidad procesal
    • Si bien el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado bajo un enfoque
    • Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
    • Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
    • En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
    • El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
    • El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
    • El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
    • Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
    • III.3.- Del Principio dispositivo
    • En el AS Nº 516/2014 de fecha 08 de septiembre 2014, se ha orientado en
    • En ese sentido, puede decirse que el principio dispositivo está integrado esencialmente por los siguientes
    • Dicho de otra manera, el contenido del principio dispositivo reconoce a las partes el derecho
    • Según Eduardo J
    • III
    • Sobre el tópico es menester previamente enfatizar, que la omisión de pronunciamiento o en lo
    • De lo que se concluye cuando se alegue en amparo de esta causal art
    • Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Sobre el particular a los efectos de una argumentación jurídica clara y eficaz, en principio
    • Si bien el auto de Vista confirmo la resolución de grado de fs
    • Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal resolver conforme lo estipulado en los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca