Auto Supremo AS/0721/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0721/2017

Fecha: 10-Jul-2017

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la petición de complementación y aclaración en base al art. 239 del Código de Procedimiento Civil, el no haberlo hecho implica que los recurrentes no agotaron el mecanismo de protección oportuno para la satisfacción del reclamo que ahora se traen en casación, consiguientemente se advierte no haberse dado cumplimiento a la premisa establecida en el art. 17 parágrafo III de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial”.
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del contexto de su recurso de casación se advierte que el mismo se encuentra abocado a establecer que el Tribunal de apelación hubiese vulnerado lo establecido por el art. 227 y 236 del Código de Procedimiento Civil, pues no se habría pronunciado sobre sus reclamos expuestos en su recurso de apelación inherentes al pago de interés por el uso del terreno por el no pago total del precio, al pago por los metros cuadrados no cancelados y al no pago del justo precio porque a la fecha del pago el precio del inmueble se ha triplicado (art. 636 y 637 del CC), debiendo a ese efecto existir un reajuste, omisión de pronunciamiento que haría viable su recurso de casación conforme determina el art. 254-4) del procedimiento Civil