Auto Supremo AS/0721/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0721/2017

Fecha: 10-Jul-2017

Según Eduardo J

Según Eduardo J. Couture, este principio se apoya sobre la suposición, absolutamente natural, de que en aquellos asuntos en los cuales solo se dilucida un interés privado, los órganos del poder público no deben ir más allá de lo que desean los propios particulares, de donde se origina el principio de congruencia, como consecuencia del principio de disposición, en virtud al cual el Juez no puede fallar más allá de lo pedido por las partes ni puede omitir pronunciamiento respecto de lo pedido por las partes. La Sentencia, señala Couture, que no se pronuncia sobre algunos de los puntos propuestos, es omisa; la que se pronuncia más allá de lo pedido, es ultrapetita