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2.- Refiere que el proceso de usucapión por el cual la demandante ha sido declarada propietaria es obtenida con fraude procesal, sin considerar que ningún fallo judicial obtenido con fraude procesal puede tener valor legal alguno, puesto que será el órgano judicial quien tenga que resolver cual de las sentencias debe ser plenamente ejecutoriada puesto que la Sala Plena del Tribunal Supremo no admitió el recurso extraordinario
- Proceso: Reivindicación y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Pando
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia Jacinto Apaza Zambrana interpuso recurso de apelación cursante de fs
- Del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
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- De la respuesta al recurso de casación
- III.1.- De la reivindicación
- El autor Arturo Alessandri R
- Conforme lo señalado podemos advertir que el art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre el particular diremos que si bien en la presente demanda existen antecedentes de la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
