De la respuesta al recurso de casación
De la respuesta al recurso de casación:
El recurrente se olvida que se encuentra frente a una demanda de reivindicación establecida en el art. 1453 del Código Civil y no frente a un proceso de interdicto donde de cierta manera se discute la posesión. Dos figuras muy diferentes una de la otra. Indica que su pretensión es que en la reivindicación se debería discutir la posesión y no el derecho de propiedad, sobre el punto refiere que existen parámetros para la interpretación de la reivindicación donde se tiene claramente definido que no es solo el hecho de perder la posesión, sino la limitación que tiene el propietario para ejercer ese derecho, siendo la única vía para poder restablecer esos derechos la reivindicación
El recurrente se olvida que se encuentra frente a una demanda de reivindicación establecida en el art. 1453 del Código Civil y no frente a un proceso de interdicto donde de cierta manera se discute la posesión. Dos figuras muy diferentes una de la otra. Indica que su pretensión es que en la reivindicación se debería discutir la posesión y no el derecho de propiedad, sobre el punto refiere que existen parámetros para la interpretación de la reivindicación donde se tiene claramente definido que no es solo el hecho de perder la posesión, sino la limitación que tiene el propietario para ejercer ese derecho, siendo la única vía para poder restablecer esos derechos la reivindicación
- Proceso: Reivindicación y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Pando
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia Jacinto Apaza Zambrana interpuso recurso de apelación cursante de fs
- Del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
- 2
- De la respuesta al recurso de casación
- III.1.- De la reivindicación
- El autor Arturo Alessandri R
- Conforme lo señalado podemos advertir que el art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre el particular diremos que si bien en la presente demanda existen antecedentes de la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
