Auto Supremo AS/0202/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2017

Fecha: 11-Ago-2017

Por su parte, el art

Por su parte, el art. 22 de la DUDH, señala: “toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad social…”, es decir, que se sustenta el principio de universalidad, cuya protección debe llegar a todos los miembros de la colectividad, principio que rige en Bolivia mediante su reconocimiento bajo el art. 45.II de la CPE