En el caso presente, se tiene que todos los imputados fueron notificados con el Auto
En el caso presente, se tiene que todos los imputados fueron notificados con el Auto Supremo motivo de solicitud, el 26 de julio del presente año, tal cual se verifica de las diligencias de notificación, cursantes a fs. 12566, 12567, 12569, 12571 y 12573, presentando los memoriales sujetos a análisis el 27 del mismo mes y año, cumpliendo así con el plazo previsto por el art. 125 del CPP
- Por memoriales presentados el 27 de julio de 2017, Aideé Nava Andrade además de Jhon
- I.1. Aideé Nava Andrade
- 1)Solicita la explicación del por qué no se estableció el tiempo de duración del proceso
- 2)Explicación del por qué no se establece cuánticamente en años, meses y días, la mora
- 3)Explicación del porqué los delitos acusados a Aydeé Nava Andrade son considerados graves y porqué
- 4)Explicación del cuál es la norma o base legal, que establece que la supuesta dilación
- 5)Explicación respecto a quién es atribuible la dilación del proceso cuando éste fue anulado por
- 6)Explicación en la que conste que de acuerdo al art
- 7)Explicación respecto de cuál la base legal para la aplicación de la teoría del no
- 1
- 2
- 3
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- El primer párrafo del art
- De lo anterior se establece que la normativa procesal penal, reconoce a las partes la
- Asimismo, es menester señalar que: a) La explicación, tiene el objetivo de volver más claro
- Por otra parte, el párrafo segundo del precitado artículo, establece como plazo para la presentación
- En el caso presente, se tiene que todos los imputados fueron notificados con el Auto
- De manera particular con relación a la solicitud de enmienda interpuesta por Jhon Clive Cava
- NO HA LUGAR a las solicitudes de Explicación y Complementación, interpuestas por Aydeé Nava Andrade
- Regístrese y hágase conocer
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
